Tribunal Constitucional dice que voto de arrastre viola derecho de ciudadanos
- Describe que la norma viola en alguna medida el derecho al voto directo
SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Constitucional dijo que el voto de arrastre viola el derecho de los ciudadanos al voto libre, en cuanto impone al votante candidato a senador sin poder expresar, de manera libre y soberana, su voluntad en ese sentido.
En la sentencia TC/0375/19, estableció que la elección de senadores supone un sistema de escrutinio “mayoritario uninominal”, pues el candidato elegido es el más votado en la provincia, en cambio, la elección de diputados se corresponde con el sistema de escrutinio “proporcional plurinominal”, en virtud de que en cada distrito o circunscripción electoral son elegidos varios escaños en función de los votos del partido que se fraccionan proporcionalmente para elegir a los candidatos ganadores.
“Por tanto, al tratarse de cargos electivos elegidos mediante sistemas de escrutinio distintos, existen razones válidas para considerar que la expresión de la voluntad popular respecto de las candidaturas de uno y otro órgano del Congreso Nacional debe corresponder a un ejercicio libre de escogencia separada entre los candidatos a senadores y diputados de preferencia de los electores”, estableció.